En los últimos días, se ha comentado mucho de las
actividades agrícolas en zonas de páramos, no solo por la importancia que
tienen para la sostenibilidad de este país, sino también por sus posibles
impactos ambientales, dependiendo de que se hagan con responsabilidad o no. Basta
con recordar que en estas zonas montañosas se producen alimentos como la papa,
así como se utilizan grandes zonas para la ganadería, como en Cundinamarca y
Boyacá. De ahí a que cualquier decisión que se tome a su respecto, tenga
unas repercusiones que si habría un buen gobierno (todo lo contrario, a la
podrida economía naranja de Duque, Uribe en Cuerpo Ajeno), podría beneficiar
tanto a quienes dependen de estas actividades, así como al Medio Ambiente y al
Desarrollo Sostenible. Y más si se trata de la máxima instancia judicial de
Colombia, como lo es la Corte Constitucional, cuyo fin es la definición de
sentencias dentro del marco jurídico de la Carta Magna del País, que hace un
par de meses cumplió treinta años de existencia; y que se esté de acuerdo o no
con sus fallos, estos deben ser recatados y aplicados para lograr las garantías
a todos los habitantes del Estado.
En días pasados, el ente mayor judicial, emitió un fallo
donde declaró exequible el Artículo de la Ley 30 de 2018, donde se permite la
realización de pequeños proyectos agrícolas y ganaderos de bajo impacto,
en zonas paramunas, a campesinos y comunidades étnicas. La ponencia fue del
Magistrado Jorge Enrique Ibáñez, de donde se puede extraer el siguiente párrafo
(Caracol Radio): “vincula a la institucionalidad ambiental y
agraria, y a las entidades territoriales para que identifiquen las actividades
que ya se venían desarrollando en las áreas delimitadas, regulen las
actividades de bajo impacto, las incorporen en los planes de manejo
ambiental de cada zona, capaciten a las comunidades e inviertan en
planes y proyectos que les permitan adoptar buenas prácticas que cumplan
con estándares ambientales en defensa de los páramos”. Por una
parte, se reconoce la importancia que tiene para esta población el desarrollo
adecuado de estas actividades en sus tierras, así como la importancia de
consultarles sobre las decisiones que puedan afectar su trabajo, ya que
constituyen uno de los renglones más importantes para la supervivencia de este
país. Pero también se enfatiza en la importancia para delimitar las zonas
(teniendo en cuenta asuntos ancestrales) buscando que el desarrollo de estas
actividades, no afecte a los páramos, que son considerados las principales
fuentes de agua para Colombia, el país con más páramos en el mundo.
¿Quién
puso la demanda contra este artículo? El Abogado Francisco Lara, había
interpuesto una demanda en esta instancia judicial, bajo los siguientes
argumentos (El Espectador): “No se debe habilitar la actividad
agropecuaria porque las consecuencias se verán no a cinco, 10 o 15 años, sino
que las verdaderas consecuencias de permitir habilitaciones en ecosistemas la
vivirán nuestros hijos o nietos”. Entre otras cosas, en su
documento, el Abogado mencionó el Acuerdo de Paz como una de las razones para
su demanda, ya que afirma que los campesinos y etnias deben ser reubicados en
Zonas de Frontera Agrícola, lo cual no descarta que los páramos no puedan
incluirse ahí, y respetar actividades que se han hecho, respetando el Medio
Ambiente y el Desarrollo Sostenible. Y precisamente, uno de los primeros
aspectos del documento elaborado en La Habana (Cuba) habla sobre la importancia
de la agricultura como motor de desarrollo en el país, y de ahí a que se hayan
respetado las zonas para estas labores (incluyendo los páramos), así como no
puede haber partes del territorio colombiano vedadas para el desarrollo del
Acuerdo (así en algunos casos, solo se encuentre en el papel).
Idealmente,
alguien quisiera que el país fuese una Reserva Natural completa, donde nadie
interviniese ni hubiese ninguna actividad, pero en la práctica eso es
imposible. La agricultura y la ganadería rurales (respetando
el Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible), han sido los faros para la
independencia y el desarrollo de Colombia, así como fuente de varios productos
de exportación (materias primas), luego, cortar de un solo tajo estos
proyectos, sería cercenar la sostenibilidad de las zonas rurales, lo que si
podría generar un caos alimenticio y social de dimensiones incalculadas. Es
recomendable vigilar que estos proyectos no se salgan de control y puedan
ocasionar daños ambientales; para eso están las autoridades ambientales
correspondientes, pero no se puede pensar en un imposible como Colombia un
solo Bosque, aquí no se puede escapar a la realidad, además, todos los
habitantes alguna vez han saboreado los productos producidos en zonas de
páramos, empezando por el agua que se guarda ahí. Para que el Medio Ambiente se
conserve en medio de su intervención, se debe trabajar mancomunadamente con el
Desarrollo Sostenible en aras de conseguir el equilibrio necesario para que se
garantice el Derecho a la Alimentación.
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