lunes, 6 de junio de 2022

SUICIDIO ASISTIDO

 

El debate sobre el Derecho a Morir Dignamente, así como los prejuicios religiosos que aún existen en un país mojigato como Colombia, podría dar un giro positivo en los próximos días, que la Corte Constitucional emitió en días pasados un fallo histórico (aunque ya le declararon guerra a muerte los trogloditas) sobre este tema, el cual se puede leer de la siguiente forma (Fundación Avivamos en Salud):  “cuando el paciente esté diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable, cuando padezca de intensos dolores físicos o psíquicos por cuenta de ello que sean incompatibles con su idea de vida digna, y cuando manifieste expresamente su intención”, definición del Suicidio Médico Asistido, tan válido como la Eutanasia, pero que se diferencia ya que el paciente aprueba este procedimiento. El Fallo, que en sala plena tuvo una votación favorable de seis votos y tres en contra, también tiene el siguiente párrafo aclaratorio: “La ayuda al suicidio es el respeto por la vida ajena y los posibles abusos que podrían cometer terceros, al ejercer un poder sobre otro o al suministrar una ayuda efectiva, logrando que este termine con su vida”. Es decir, no se está induciendo a acabar una vida porque sí o por juego, sino con un análisis médico y científico que cumpla todos los rigores necesarios.

 

La demanda fue interpuesta por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLab), como lo dice su Director Científico, Lucas Correa Montoya (El País – España): “a diferencia de la eutanasia, donde un profesional de la medicina es quien causa la muerte de la persona, por medio del suicidio médicamente asistido el profesional de la medicina simplemente presta una ayuda o asistencia para que la persona sea quien cause su muerte”. También se despenaliza esta práctica, que antes del fallo, tenía una pena privativa de la libertad entre 18 y 32 meses para quien la realizase. No se puede seguir imponiendo unos criterios religiosos e intolerantes sobre los científicos y médicos, más aún, cuando se trata del sufrimiento que ha tenido una persona, tanto a nivel físico como mental y emocional, por el padecimiento de una enfermedad, independiente si sea terminal o no. Este es un tema que se debe asumir con la mayor responsabilidad, y con la sensatez para determinar el bienestar de alguien que esté en una situación así, no es con camándulas ni con charlatanes baraticos que se soluciona una situación penosa, que ha sucedido muchas veces en Colombia, pero que ya era hora de ponerle la cara.

 

He aquí el concepto de una de las entidades más importantes del país, la Fundación Derecho a Morir Dignamente (France 24): "En el caso de la eutanasia, es el personal sanitario el que suministra el medicamento que provoca la muerte, y en el caso del suicidio asistido, es el paciente el que se aplica el producto que el profesional de la medicina le da". Para mirar un poco la diferencia entre eutanasia y el suicidio asistido, se pueden leer los siguientes ejemplos: el primer término (eutanasia), el papá del famoso caricaturista Matador, quien se sometió a este procedimiento ya que padecía de un cáncer terminal; ocurrió en la ciudad de Pereira. En cuanto al Suicidio Asistido, hay otro caso: el de una señora de 49 años en Medellín (Marta Sepúlveda), quien padecía Esclerosis Múltiple (considerada no terminal). Y otro caso, que podría ser una mezcla de ambos, un señor en Cali, de 30 años, quien ha solicitado este procedimiento, ya que padece de un tumor en el tallo cerebral, que le ha originado diversos padecimientos irreversibles, pero que lleva hace tiempo pidiendo que se le permitan realizar el procedimiento, bien sea como un suicidio asistido o una eutanasia.

 

En 1997, en una Corte Constitucional que tenía Magistrados de la Talla de Carlos Gaviria Díaz, se dio el fallo que dio a conocer el término Eutanasia dentro de la legalidad y la sociedad, que, si bien es válido, aún no se puede aplicar del todo, debido a las barreras restrictivas que existen dentro de un Estado Laico, pero con problemas de intensidad religiosa, que le impide ver más allá de sus narices. Se insiste que estos temas deben tratarse dentro de un ámbito científico y médico; y no con religiones ni con referendos populares, donde la ignorancia y el populismo darían al traste con la seriedad y seguirían los sufrimientos injustificables de entornos familiares por casos inaceptables, tan solo bajo la disculpita de “son los designios de mi Dios”. Tal como lo dicta el ente máximo judicial de Colombia, en aras de la demanda interpuesta por DescLab en cabeza de Lucas Correa: que “cuando un profesional de la medicina preste una ayuda para que otra persona ponga fin a su vida bajo ciertas condiciones, no recibirá un castigo penal”. Una visión progresista y responsable a la vez.

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