martes, 21 de septiembre de 2021

AGRICULTURA PARAMUNA

 

En los últimos días, se ha comentado mucho de las actividades agrícolas en zonas de páramos, no solo por la importancia que tienen para la sostenibilidad de este país, sino también por sus posibles impactos ambientales, dependiendo de que se hagan con responsabilidad o no. Basta con recordar que en estas zonas montañosas se producen alimentos como la papa, así como se utilizan grandes zonas para la ganadería, como en Cundinamarca y Boyacá. De ahí a que cualquier decisión que se tome a su respecto, tenga unas repercusiones que si habría un buen gobierno (todo lo contrario, a la podrida economía naranja de Duque, Uribe en Cuerpo Ajeno), podría beneficiar tanto a quienes dependen de estas actividades, así como al Medio Ambiente y al Desarrollo Sostenible. Y más si se trata de la máxima instancia judicial de Colombia, como lo es la Corte Constitucional, cuyo fin es la definición de sentencias dentro del marco jurídico de la Carta Magna del País, que hace un par de meses cumplió treinta años de existencia; y que se esté de acuerdo o no con sus fallos, estos deben ser recatados y aplicados para lograr las garantías a todos los habitantes del Estado.

 

En días pasados, el ente mayor judicial, emitió un fallo donde declaró exequible el Artículo de la Ley 30 de 2018, donde se permite la realización de pequeños proyectos agrícolas y ganaderos de bajo impacto, en zonas paramunas, a campesinos y comunidades étnicas. La ponencia fue del Magistrado Jorge Enrique Ibáñez, de donde se puede extraer el siguiente párrafo (Caracol Radio): “vincula a la institucionalidad ambiental y agraria, y a las entidades territoriales para que identifiquen las actividades que ya se venían desarrollando en las áreas delimitadas, regulen las actividades de bajo impacto, las incorporen en los planes de manejo ambiental de cada zona, capaciten a las comunidades e inviertan en planes y proyectos que les permitan adoptar buenas prácticas que cumplan con estándares ambientales en defensa de los páramos”. Por una parte, se reconoce la importancia que tiene para esta población el desarrollo adecuado de estas actividades en sus tierras, así como la importancia de consultarles sobre las decisiones que puedan afectar su trabajo, ya que constituyen uno de los renglones más importantes para la supervivencia de este país. Pero también se enfatiza en la importancia para delimitar las zonas (teniendo en cuenta asuntos ancestrales) buscando que el desarrollo de estas actividades, no afecte a los páramos, que son considerados las principales fuentes de agua para Colombia, el país con más páramos en el mundo.

 

¿Quién puso la demanda contra este artículo? El Abogado Francisco Lara, había interpuesto una demanda en esta instancia judicial, bajo los siguientes argumentos (El Espectador): “No se debe habilitar la actividad agropecuaria porque las consecuencias se verán no a cinco, 10 o 15 años, sino que las verdaderas consecuencias de permitir habilitaciones en ecosistemas la vivirán nuestros hijos o nietos”. Entre otras cosas, en su documento, el Abogado mencionó el Acuerdo de Paz como una de las razones para su demanda, ya que afirma que los campesinos y etnias deben ser reubicados en Zonas de Frontera Agrícola, lo cual no descarta que los páramos no puedan incluirse ahí, y respetar actividades que se han hecho, respetando el Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible. Y precisamente, uno de los primeros aspectos del documento elaborado en La Habana (Cuba) habla sobre la importancia de la agricultura como motor de desarrollo en el país, y de ahí a que se hayan respetado las zonas para estas labores (incluyendo los páramos), así como no puede haber partes del territorio colombiano vedadas para el desarrollo del Acuerdo (así en algunos casos, solo se encuentre en el papel).

 

Idealmente, alguien quisiera que el país fuese una Reserva Natural completa, donde nadie interviniese ni hubiese ninguna actividad, pero en la práctica eso es imposible. La agricultura y la ganadería rurales (respetando el Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible), han sido los faros para la independencia y el desarrollo de Colombia, así como fuente de varios productos de exportación (materias primas), luego, cortar de un solo tajo estos proyectos, sería cercenar la sostenibilidad de las zonas rurales, lo que si podría generar un caos alimenticio y social de dimensiones incalculadas. Es recomendable vigilar que estos proyectos no se salgan de control y puedan ocasionar daños ambientales; para eso están las autoridades ambientales correspondientes, pero no se puede pensar en un imposible como Colombia un solo Bosque, aquí no se puede escapar a la realidad, además, todos los habitantes alguna vez han saboreado los productos producidos en zonas de páramos, empezando por el agua que se guarda ahí. Para que el Medio Ambiente se conserve en medio de su intervención, se debe trabajar mancomunadamente con el Desarrollo Sostenible en aras de conseguir el equilibrio necesario para que se garantice el Derecho a la Alimentación.

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